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Biografia: Baldomero Lillo

Biografia: Baldomero Lillo

Baldomero Lillo Figueroa (Lota, 6 de enero de 1867 - San Bernardo, 10 de septiembre de 1923) cuentista chileno, considerado el maestro del género del realismo social en su país.

 

Fue hijo de José Nazario Lillo Mendoza y Mercedes Figueroa, nació en la ciudad minera de Tehuel, en la que pasaría toda su infancia y parte de su adultez. Por razones económicas debió dejar sus estudios para trabajar, consiguiendo empleo en una de las pulperías mineras. Este trabajo le dio tiempo para la lectura, afición influenciada por su padre y además conocer la realidad de los mineros del carbón de su Lota natal, que plasmaría en sus obras.

Se trasladó a Santiago de Chile en 1898, al conseguirle su hermano un cargo administrativo en la Universidad de Chile.

Los temas de sus cuentos estuvieron siempre vinculados a los sectores más marginados y explotados de la sociedad chilena, prevaleciendo en sus historias el sufrimiento y humanidad de los personajes. Sus cuentos están cargados de los más mínimos detalles, debido principalmente a su caracter naturalista. Su primer cuento fue publicado en La Revista Católica de Santiago. Colaborando después en El Mercurio y la revista Zig-Zag, apareciendo en esta última regularmente su obra.

Entre sus obras principales se encuentran las colecciones de cuentos "Subterra" (1904, serie de relatos basados en los mineros del carbón de Lota), "Subsole" (1907, basado en la vida rural, incluyendo cuentos menos dramáticos), "Inamible" (Wikisource) y "Quilapán".

Una novela sobre la matanza de Santa María de Iquique debía de ser su obra maestra, pero murió producto de una tuberculosis pulmonar crónica, el año 1923, sin haber empezado el trabajo.

Debate: Pena a muerte a homicidas

Debate: Pena a muerte a homicidas

 

CAPITULO 1

LA PENA DE MUERTE EN MÉXICO

Puntos dignos de consideración

Aquí se va a exponer algunos puntos que parecen dignos de consideración en el momento de discutir y apoyar la posibilidad de incluir, de forma actual y funcional, la pena de muerte en el Código Federal de Procedimientos Penales. Primero que nada, hay que considerar que la muerte no debe ser un castigo.

Generalmente en nuestra patria la muerte nunca ha sido un castigo, nosotros, por nuestra idiosincrasia y herencia, una parte de la cual nos viene dada de las civilizaciones aztecas y otras contemporáneas y coterráneas de la primera, que han demostrado un amor por la muerte y el sacrificio humano y otra dada por nuestros ancestros europeos, generalmente raza de luchadores y guerreros casi tan bravos, feroces y sanguinarios como los primeros, la muerte ha sido para nosotros, por muchas generaciones, una compañera.

Se puede decir que aún cuando la muerte causa dolor o pena o alegría o respeto o nada, lo que menos causa es temor, la experiencia en otros países indica de manera inequívoca esto y además es una tesis que sostiene muchos y grandes sociólogos modernos.

Es por eso que puedo asegurar que para nosotros los mexicanos, la muerte es una compañera, un descanso, un fin, nunca un castigo, nunca algo a lo que le tememos, hemos visto a hombres y mujeres que ante un arma se crecen y se arrojan sobre el agresor, sin el menor temor a la muerte.

A los delincuentes de conductas ilícitas que manchan la libertad humana, la sana convivencia y tienen un golpe irremediable y doloroso, debiera de castigárseles con la pena de muerte ya que no se puede resarcir lo hecho a la sociedad y a la familia de la victima, y es por eso que se les debe de aplicar la pena capital.

Lamentablemente las penas de trabajos forzados no están plasmados en nuestro Código Federal de Procedimientos Penales actual, sin mencionar que en el caso de que existiera la corrupción haría que este fuera asignado a los reos mas pobres y de manera injusta.

Conveniencia de la aplicación de la pena capital

Ahora bien, la razón primordial de la conveniencia de la aplicación de la Sentencia de Muerte a una gran mayoría de delincuentes en nuestro país, esta dada por el tipo de sociedad que tenemos en la actualidad y por razones sociales y económicas.

Nuestro sistema social, económico, legal y penal ha demostrado de manera repetitiva la imposibilidad de la rehabilitación social del delincuente, en prácticamente ninguno de los muchos centros de rehabilitación que se tienen en nuestra patria existe verdaderamente un programa que efectivamente conduzca al delincuente a la rehabilitación.

Sin embargo, es público y notorio, ventilado y discutido por autoridades e internos, que los centros de rehabilitación, llámese como se llamen, son, más que eso, verdaderas escuelas de hechos ilícitos, donde el vicio se enseñorea y los delincuentes que no tenían adicciones ahí las adquieren, donde los reclusos se ven sometidos a vejaciones, hacinamiento y carencias, donde reclusos y familiares son víctimas de la corrupción de autoridades y al abuso de otros reclusos y donde el desgaste social, moral y económico de las familias de los delincuentes es un fenómeno cotidiano, permitido y hasta de

cierto modo obligatorio, las familias pagan de una manera o de otra, generalmente con sus muy escasos recursos, el castigo de internación del familiar del delincuente, como si faltara otra prueba de la injusticia y sinrazón de la sociedad en la que vivimos.

Aquí queremos dejar en claro que los centros de rehabilitación CERESOS Y CEFERESOS, (Centros de Rehabilitación Social y Centros Federales de Rehabilitación Social) son lugares anhelados por los empleados federales porque son lugares donde se va a hacer fortuna, gracias al tráfico de drogas, las facilidades para arreglar las celdas a gusto del interno, la posesión de teléfonos celulares, la entrada de los familiares, la salvedad de hacer trabajo dentro del penal, la introducción de bebidas alcohólicas, la introducción de comida por parte de los familiares, etcétera, y le cobran por ello en las cárceles mexicanas, bueno, se soborna hasta para fugarse de la cárcel, desde a los celadores hasta los directores.

En nuestro país, país que se ha visto depauperado cada día más por los malos manejos, por las malas estrategias, por las malas políticas, por la falta de honestidad de muchos políticos, en fin, por una mucho mayor causal de los imponderables del pueblo que por el pueblo mismo, (ya es hora de terminar con el viejo mito del mexicano ensombrerado durmiendo la siesta), por favor, considérese pueblo solo para este ejemplo sin importar su altitud en la escala social, sabemos que muchos consideran que el monto de su capital los exime de ser pueblo y, la verdad, no se piensa entrar en esta discusión, no hay fuentes de trabajo, no hay escuelas, no hay posibilidades de promover la cultura y los principios que universalmente se consideran necesarios para evitar el crimen.

Y si no hay posibilidades económicas y sociales de acercar estos valores a los niños y a los jóvenes y a los adultos y a los ancianos que por la causa que usted quiera no han cometido ningún delito, no hay, ni mucho menos, posibilidades de enseñar a los victimarios a buscar el arrepentimiento por sus

actos ni a tener la posibilidad de reintegrarse a la vida productiva de la sociedad, ni a proporcionar a la víctima o víctimas un medio de resarcirlos de los daños o pérdidas ocasionados por el victimario. Hay que ser honestos, no podemos, los presos salen de las cárceles sin trabajo, sin otro oficio que el de Delincuente y, en la mayoría de los casos, con serias adicciones a las drogas, adicciones que les van a empujar a volver a delinquir y en muchas ocasiones de manera violenta. No es difícil leer en los diarios que los autores de tal o cual delito se encontraban bajo el influjo de las drogas.

Lo único que nuestros centros de reclusión penal o centros de rehabilitación social hacen es retener por más o menos tiempo a una colonia de delincuentes que consume medios y bienes de la sociedad, de manera limitada mientras están ahí, y que continúan consumiéndolos de manera indiscriminada y generalmente ilegal en función de sus propias capacidades para delinquir, en cuanto salen.

Ahora bien, si la sociedad no puede rehabilitar y corregir y proporcionar los medios de la sana subsistencia de los delincuentes, ¿debe consumir sus pocos recursos manteniéndolos encerrados, delinquiendo de manera controlada o casi controlada por un tiempo dado para después desatarlos de nueva cuenta a seguir delinquiendo en las calles y consumiendo los magros bienes de que dispone la gente productiva, generalmente víctima de estos delincuentes?.

CAPITULO 2

LA SENTENCIA DE MUERTE

Medida profiláctica y económica

La sentencia de muerte, como medida profiláctica y económica. No se busca que la pena de muerte sirva para hacer que los posibles delincuentes repriman sus actos delictivos por la posibilidad de la muerte como castigo a sus acciones, no se cree en eso, a nuestros delincuentes, que son Muy Machos, no les asusta esa posibilidad ni les detiene de la comisión de sus delitos. Es más creo que la posibilidad de morir durante la comisión de un delito, es mas incentivo para cometerlo.

Es por eso que se debe buscar que la ejecución de algunos delincuentes, y me gustaría proponer más adelante a cuales, traiga como resultado una menor población carcelaria, un gasto social menor y un ahorro en los disparatados gastos de manutención de una plaga de desadaptados sociales, delincuentes, delincuentes irredentos cuyo futuro es, ha sido y continuará siendo la comisión de delitos, más o menos violentos, como un medio de subsistencia.

Se comprende que existirán posiciones en contrario y de manera abierta, se sabe que no habrán de faltar los defensores de los delincuentes, defensores de oficio y defensores de beneficio, las airadas voces de los familiares de los muchos delincuentes hablando sobre lo buenos que son y las circunstancias atenuantes que los empujaron al delito o a la cadena de delitos, también se sabe que hay varias voces que culpan a la sociedad de los delincuentes y hasta la voz de aquellos que trataran de hacer sentir a los que apoyan como culpables de tratar de quitar un medio natural de control demográfico.

Sin embargo sigo convencido de la necesidad de reordenar las prioridades, de alejarnos un poco de ese falso sentimiento de "Humanidad" que nos obliga a mantener con vida a ese enorme ejército de delincuentes a costa de los miles o quizás millones de compatriotas nuestros que jamás han cometido ningún delito y que sin embargo sufren de la carencia de todo lo que los presos tienen.

Solo piénsese en los niños de cualquier población de nuestro país que no gozan del derecho de tres comidas al día, de ropa, de un techo seguro sobre sus cabezas de la oportunidad de aprender algo que les pueda servir para su vida futura y ahora se piense en el "Mocha Orejas". Se debe de reflexionar si uno prefiere que el dinero que uno paga en impuestos se ven dilapidados en lo que pomposamente se llaman Centros de Rehabilitación Social, especialmente sabiendo lo que son y para lo que sirven o que se gasten en crear centros de cuidado infantil, escuelas, bibliotecas, hospitales, etcétera.

Se sabe de antemano que existirán siempre las comisiones de derechos humanos, la que ponen el grito en el cielo por los derechos de los delincuentes en el penal de "Máxima Seguridad" porque sacaron en la televisión un video de su vida diaria y de sus relaciones íntimas.

Entonces si estas comisiones de derechos humanos defienden a capa y espada al delincuente, porque no les dan el mantenimiento a todos los presos, de su confinamiento y de su rehabilitación, seguramente podrán hacerlo mejor que las instituciones oficiales, aunque aquí se le pondría la condición de que lo hicieran a cargo de su propio dinero y no del de la sociedad.

En cuanto las comisiones de derechos humanos del mundo empiecen a abogar por la vida de tal o cual delincuente y dado que para uno su muerte no es un castigo sino una medida profiláctica y económica.

Pros y Contras de la pena de muerte

PROS:

     

  1. Si se elimina el individuo éste ya no molestará más, por lo tanto, se evitarán futuros problemas con el.

     

     

  2. Es una forma de proteger la vida de los ciudadanos.

     

     

  3. Es mucho más barato eliminar al individuo que mantenerlo en la cárcel.

     

CONTRAS:

     

  1. La corrupción del sistema jurídico puede ser causa de errores, que no podrán corregirse.

     

     

  2. No es necesaria la pena de muerte para proteger la vida de los demás ya que en la cárcel se puede reformar el sujeto.

     

     

  3. Es una forma retrógrada de administrar justicia. Aunque no esta comprobado que la pena de muerte funcione hay quien insiste en que "es necesario encontrar soluciones a los altos índices de criminalidad en México y si la pena de muerte se convierte en la única alternativa, debe ser legislada con la aportación de especialistas".

     

Pena de muerte en: secuestradores, violadores y homicidas

SECUESTRADORES. En las reformas al Código Penal para el Distrito Federal en materia local y de aplicación en toda la República en materia federal, publicadas en el Diario oficial de la Federación en 1996, se establece en el artículo 366:

     

  1. Al que prive de la libertad a otro se le aplicará:

     

De diez a cuarenta años de prisión y de cien a quinientos días de multa, si la privación ilegal de la libertad se efectúa con el propósito de:

  1.  

       

    1. Obtención de rescate;

       

       

    2. Detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarle de la vida o con causarle daño, para que la autoridad o un particular, realice o deje de realizar cualquiera, o

       

       

    3. Causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a cualquier otra.

       

     

  1. De quince a cuarenta años de prisión y de doscientos a setecientos cincuenta días de multa, si la privación de la libertad a que se hace referencia en la fracción anterior concurre alguna o algunas de las circunstancias siguientes:

     

  •  

       

    • Que se realice en camino público o en lugar desprotegido o solitario.

       

       

    • Que el autor sea o haya sido integrante de alguna institución de seguridad pública, o se ostente como tal sin serlo.

       

       

    • Que quienes lo lleven a cabo obren en grupo de dos o más personas.

       

       

    • Que se realice con violencia; o

       

       

    • Que la víctima sea menor de dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o que por cualquier otra circunstancia se encuentre en inferioridad física o mental respecto de quien ejecuta la privación de la libertad.

       

  1.  

       

    1. Si espontáneamente se libera al secuestrado dentro de los tres días siguientes al de la privación de la libertad, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere la fracción I de este artículo y sin que se haya presentado alguna de la circunstancias prevista en la fracción II, la pena será de uno a cuatro años y de cincuenta a ciento días de multa.

       

       

    2. En los demás casos en que espontáneamente se libere al secuestrado, sin lograr alguno de los propósitos a que se refiere la fracción I anterior, las penas de prisión aplicables serán hasta de tres a diez años y de doscientos cincuenta hasta quinientos días de multa.

       

      Art.366 bis: Se impondrá de uno a ocho años de prisión y de doscientos a mil días de multa, al que en relación con las conductas sancionadas por el artículo anterior y fuera de las causas de exclusión del delito previstas por la ley:

      Actúe como intermediario en las negociaciones del rescate sin el acuerdo de quienes representen o gestionen a favor de la víctima.

       

    3. Colabore en la difusión pública de las pretensiones o mensajes de los secuestradores, fuera del estricto derecho a la información.

       

       

    4. Actúe como asesor con fines lucrativos de quienes representen o gestionen a favor de la víctima, evite informar o colaborar con la autoridad competente en el conocimiento de la comunicación del secuestro.

       

       

    5. Aconseje el no presentar la denuncia del secuestro cometido, o bien el no colaborar o el obstruir la actuación de las autoridades.

       

       

    6. Efectúe el cambio de moneda nacional por divisas, o de éstas por moneda nacional sabiendo que es con el propósito directo de pagar el rescate a que se refiere la fracción I del artículo anterior.

       

       

    7. Intimide a la víctima, a sus familiares o a sus representantes o gestores, durante o después del secuestro, para que no colaboren con las autoridades o después del secuestro, para no colaboren con los autores competentes.

       

      VIOLADORES. Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a catorce años.

      Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.

      Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a catorce años, al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido.

      Art. 265 BIS.- Si la víctima de la violación fuera la esposa o concubina, se impondrá la pena prevista en el artículo anterior.

        Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida.

        Art. 266.- Se equipara a la violación y se sancionará con la misma pena:

       

    8. Al que sin violencia realice cópula con persona menor de doce años de edad;

       

       

    9. Al que sin violencia realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; y

       

      Al que sin violencia y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de doce años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por

      cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.

       

    10. Si se ejerciera violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad.

       

      Art. 266 bis.- Las penas previstas para el abuso sexual y la violación se aumentarán hasta en una mitad en su mínimo y máximo, cuando:

       

    11. El delito fuere cometido con intervención directa o inmediata de dos o más personas;

       

       

    12. El delito fuere cometido por un ascendiente contra su descendiente, éste contra aquél, el hermano contra su colateral, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro o amasio de la madre del ofendido en contra del hijastro. Además de la pena de prisión, el culpable perderá la patria potestad o la tutela, en los casos en que la ejerciere sobre la víctima;

       

       

    13. El delito fuere cometido por quien desempeñe un cargo o empleo público o ejerza su profesión, utilizando los medios o circunstancia que ellos le proporcionen. Además de la pena de prisión el condenado será destituido del cargo o empleo o suspendido por el término de cinco años en el ejercicio de dicha profesión;

       

       

    14. El delito fuere cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada.

       

      HOMICIDAS. Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro.

      Art. 303.- Para la aplicación de las sanciones que correspondan al que infrinja el artículo anterior, no se tendrá como mortal una lesión, sino cuando se verifiquen las tres circunstancias siguientes:

       

    15. Que la muerte se deba a las alteraciones causadas por la lesión en el órgano u órganos interesados, alguna de sus consecuencias inmediatas o alguna complicación determinada por la misma lesión y que no pudo combatirse, ya sea por ser incurable, ya por no tenerse al alcance los recursos necesarios;

       

       

    16. Que si se encuentra el cadáver del occiso, declaren dos peritos después de hacer la autopsia, cuando ésta sea necesaria, que la lesión fue mortal, sujetándose para ello a las reglas contenidas en este artículo, en los dos siguientes y en el Código de Procedimientos Penales.

       

       

    17. Cuando el cadáver no se encuentre, o por otro motivo no se haga la autopsia, bastará que los peritos, en vista de los datos que obren en la causa, declaren que la muerte fue resultado de las lesiones inferidas.

       

      Art. 304.- Siempre que se verifiquen las tres circunstancias del artículo anterior, se tendrá como mortal una lesión, aunque se pruebe:

       

    18. Que se habría evitado la muerte con auxilios oportunos;

       

       

    19. Que la lesión no habría sido mortal en otra persona, y

       

       

    20. Que fué a causa de la constitución física de la víctima, o de las circunstancias en que recibió la lesión.

       

        Art. 305.- No se tendrá como mortal una lesión, aunque muera el que la recibió: cuando la muerte sea resultado de una causa anterior a la lesión y sobre la cual ésta no haya influido, o cuando la lesión se hubiere agravado por causas posteriores, como la aplicación de medicamentos positivamente nocivos, operaciones quirúrgicas desgraciadas, excesos o imprudencias del paciente o de los que lo rodearon.

      Art. 307.- Al responsable de cualquier homicidio simple intencional que no tenga prevista una sanción especial en este Código, se le impondrán de doce a veinticuatro años de prisión.

      Art. 308.- Si el homicidio se comete en riña, se aplicará a su autor de cuatro a doce años de prisión.

      Si el homicidio se comete en duelo, se aplicará a su autor de dos a ocho años de prisión.

      Además de lo dispuesto en los artículos 51 y 52 para la fijación de las penas dentro de los mínimos y máximos anteriormente señalados, se tomará en cuenta quién fue el provocado y quién el provocador, así como la mayor o menor importancia de la provocación.

      Reglas comunes para lesiones y homicidio

      Art. 310.- Se impondrá de dos a siete años de prisión, al que en estado de emoción violenta cause homicidio en circunstancias que atenúen su culpabilidad. Si lo causado fueren lesiones, la pena será de hasta una tercera parte de la que correspondería por su comisión.

      Art. 312.- El que prestare auxilio o indujere a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce años.

        Art. 313.- Si el occiso o suicida fuere menor de edad o padeciere alguna de las formas de enajenación mental, se aplicarán al homicida o instigador las sanciones señaladas al homicidio calificado o a las lesiones calificadas.

      Art. 314.- Por riña se entiende para todos los efectos penales: la contienda de obra y no la de palabra, entre dos o más personas.

      Art. 315.- Se entiende que las lesiones y el homicidio, son calificados, cuando se cometen con premeditación, con ventaja, con alevosía o a traición.

      Hay premeditación: siempre que el reo cause intencionalmente una lesión, después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.

      Se presumirá que existe premeditación cuando las lesiones o el homicidio se cometan por inundación, incendio, minas, bombas o explosivos; por medio de venenos o cualquiera otra sustancia nociva a la salud, contagio venéreo, asfixia o enervantes o por retribución dada o prometida; por tormento, motivos depravados o brutal ferocidad.

      Art. 315 BIS.- Se impondrá la pena del artículo 320 de este Código, cuando el homicidio sea cometido intencionalmente, a propósito de una violación o un robo por el sujeto activo de éstos, contra su víctima o víctimas.

      También se aplicará la pena a que se refiere el Artículo 320 de este Código, cuando el homicidio se cometiera intencionalmente en casa-habitación, habiéndose penetrado en la misma de manera furtiva, con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo.

      Art. 316.- Se entiende que hay ventaja:

       

    21. Cuando el delincuente es superior en fuerza física al ofendido y éste no se halla armado;

       

       

    22. Cuando es superior por las armas que emplea, por su mayor destreza en el manejo de ellas o por el número de los que lo acompañan;

       

      III. Cuando se vale de algún medio que debilita la defensa del ofendido, y

      IV. Cuando éste se halla inerme o caído y aquél armado o de pie.

      La ventaja no se tomará en consideración en los tres primeros casos, si el que la tiene obrase en defensa legítima, ni en el cuarto, si el que se halla armado o de pie fuera el agredido, y, además, hubiere corrido peligro su vida por no aprovechar esa circunstancia.

      Art. 317.- Sólo será considerada la ventaja como calificativa de los delitos de que hablan los capítulos anteriores de este título: cuando sea tal que el delincuente no corra riesgo alguno de ser muerto ni herido por el ofendido y aquél no obre en legítima defensa.

      Art. 318.- La alevosía consiste: en sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando asechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni evitar el mal que se le quiera hacer.

      Art. 319.- Se dice que obra a traición: el que no solamente emplea la alevosía sino también la perfidia, violando la fe o seguridad que expresamente había prometido a su víctima, o la tácita que ésta debía prometerse de aquél por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad o cualquiera otra que inspire confianza.

      Art. 320.- Al responsable de un homicidio calificado se le impondrán de treinta a sesenta años de prisión.

      Art. 321 bis.- No se procederá contra quien culposamente ocasione lesiones u homicidio en agravio de un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina, adoptante o adoptado, salvo que el autor se encuentre bajo el efecto de bebidas embriagantes, de estupefacientes o psicotrópicos, sin que medie prescripción médica, o bien que no auxiliare a la víctima.

      Art. 322.- Además de las sanciones que señalan los dos capítulos anteriores, los jueces podrán, si lo creyeren conveniente:

       

    23. Declarar a los reos sujetos a la vigilancia de la policía, y

       

       

    24. Prohibirles ir a determinado lugar, Municipio, Distrito o Estado, o residir en él.

       

Secuestradores

El secuestro es un delito penado por las leyes del orden común, considerando como grave. En México, es un delito perseguido de oficio y compete a las procuradurías estatales su investigación, persecución y consignación. Aunque en algunos casos la autoridad, a petición de los familiares del agraviado, se ve limitada para actuar, para no poner en riesgo la integridad física de la víctima, este pedimento en la mayoría de las veces es capitalizado por la autoridad para no investigar la comisión del delito, omitiendo lo establecido en el artículo 21 constitucional que señala:

La imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial. La persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público y a la Policía Judicial, la cual estará bajo la autoridad y mando inmediato de aquél.

Todas las legislaciones estatales consideran al delito de secuestro como una modalidad del delito de privación ilegal de la libertad, variando en cada uno de ellos la penalidad según la forma de comisión del delito, que señalan las descripciones típicas de cada legislación estatal.

El Ministerio Público tiene la obligación de iniciar la averiguación previa, partiendo de un hecho que razonablemente puede presumirse delictivo. La indagatoria podrá iniciarse únicamente por parte informativa, que la Policía Judicial debe

rendir al Ministerio Público y éste tiene la responsabilidad de demostrar los elementos del tipo penal y la probable responsabilidad, así como lograr la liberación del secuestrado y la captura de los delincuentes.

Por otra parte el secuestro a últimas fechas se ha convertido en un delito muy frecuente en el ámbito nacional, de continuar siendo más redituable que el narcotráfico, y la delincuencia organizada, este delito no será posible parar si no existe una medida enérgica para combatirlo

Es indudable que para aumentar la eficiencia de la policía se requiere la participación de la sociedad, para proporcionar ayuda organizada y, sobre todo, para reconocer el trabajo de policías honestos y responsables, como un medio de estimular a los cuerpos policíacos.

La sociedad exige un refuerzo de las leyes que castiguen a los secuestradores, ya que las víctimas son personas inocentes, sujetas a crueles medidas de sumisión, por tal razón los secuestradores deben ser castigados con todo el peso de la ley. Existe mucho que hacer en el campo de la penalización. La aplicación de la pena de muerte contemplada en la Constitución y no aplicable en ningún Estado, comienza a ser motivo de discusión.

Es cierto que la pena de muerte en nuestro país ha sido un tema polémico que durante décadas se ha discutido en las más altas tribunas en el estado mexicano, sin que se haya llegado a un acuerdo sobre su aplicación, ya que si bien es cierto que lo marca el artículo 22 de nuestra Constitución.

Por otro lado es indispensable que su estudio sea más objetivo a efecto de poder establecer su implementación para delitos

graves, en este caso para el delito de secuestro, pues en nuestro país este delito tiene diferente penalidad en cada Estado.

Para concluir, me parece interesante el mencionar el último párrafo del artículo que menciono: "queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar". En este apartado se hace alusión a varios delitos, pero ninguno que sea cotidiano, es decir, de los que vemos que suceden día con día, es aquí donde se debe agregar el delito del secuestro, tal vez poner algunas características especiales, o sea, que si no hay daño pues tal vez no sea necesaria una pena tan drástica.

Por lo anterior mi propuesta a este delito es:

El Artículo 366 del Código Penal Federal:

En caso de que el secuestrado sea mutilado o privado de la vida por su o sus secuestradores la penalidad será: "La pena de muerte".

Violadores

El Código de Hamurabi indicaba que un hombre que violaba a una virgen prometida, debía ser ajusticiado, y a la joven victima se le consideraba inocente.

México tiene también su historia los antiguos pueblos aplicaban castigos muy severos para quienes cometían, incesto, estupro y violación y la pena era el ahorcamiento, principalmente.

Este castigo era tomado como una medida de prevención o de "ejemplo" para la sociedad, situación que no ha cambiado, pues actualmente se considera que un castigo o pena por un lado se aplica "quia peccatum est" (a quien está pecando); y por otro lado "en peccetur" (para que nadie peque). La pena de muerte en México no ha sido abolida y forma parte de nuestra legislación, prevista para los delitos más graves, específicamente en el articulo 22 de la Carta Magna.

La Comisión Dictaminadora de 1917 decía en el Diario de Debates que "...el interés del agraviado y la sociedad se unen para justificar que se limite la actividad del culpable en cuanto sea necesario para prevenir nuevas agresiones. La extensión de este derecho de castigo que tiene la sociedad está determinada por el carácter y la naturaleza de los asociados, y puede llegar hasta la aplicación de la pena de muerte si sólo con esta medida puede quedar garantizada la seguridad social. Que la Humanidad no ha alcanzado el grado de perfección necesario para considerarse inútil la pena de muerte, lo prueba el hecho de que la mayor parte de los países donde ha llegado a abolirse, ha sido necesario restablecerla poco tiempo después.

Según un artículo de El Universal, la última vez que se ejecutó a alguien en nuestro país fue el 17 de junio de 1957, a dos delincuentes, por haber violado y asesinado a dos niñas. Fueron las últimas ejecuciones en el país dictaminadas por la autoridad judicial. En el texto se entrevista a Gilberto

Escobaza Gómez, cronista oficial de Hermosillo, quien habla sobre estos sujetos. "Cuando había pena de muerte, el violador que caía lo mataban y pasaba mucho tiempo para que volviera a presentarse otro caso; tenían miedo... ahora casi todos los días hay violaciones porque la justicia no les hace nada".

Por otro lado el Estado tiene todo el derecho de deshacerse de un individuo para quien de acuerdo a su conducta el derecho a la vida no existe o no le importa, puesto que mató.

De salida, se sigue antojando un "sí" a la pena de muerte para los violadores, sobre todo de menores. Sólo habría un problema, la imagen de un inocente condenado a la pena capital. Pero para eso está la justicia, la ley, el Estado. Para vigilar que quien esté en espera de ser ejecutado, sea precisamente quien ultrajó y/o asesinó.

Homicidas

El homicidio se presenta en muchas formas, Algunos homicidios se cometen impulsivamente y entrañan una participación emocional intensa, en gran medida inconsciente, Otros son premeditados planeados y preparados, como sucede cuando se trata de un crimen avezado y experto o perteneciente a una organización delictiva, Por lo general, estos homicidios que son los que más han interesado en derecho, son ejecutados sin ninguna participación emocional, No obstante, la mayoría de Los homicidios son cometidos por individuos del tipo egodisarmónico, es decir, que hay una desarmonía entre su subconsciente y su consciente.

La relativa indiferencia del derecho por esta variedad de asesino que en realidad es la más común, se puede atribuir en parte a la profunda ignorancia de su constitución psicológica, Los legisladores no sólo han opuesto gran resistencia a comprender al asesino, sino que también han eludido explicarse

su mental indudablemente, la personalidad del asesino es compleja, pero el derecho ha tenido siempre a minimizar su complejidad, seguro de que la mayor parte de los homicidios los cometen personas que no padecen con la personalidad, es decir, las de tipo ego-armónico, lo cual está en completa contradicción con los hechos.

Por otro lado amas de casa, trabajadores, estudiantes, niños, ancianos, todo tipo de personas, etcétera, nadie queda exento de tal delito . Algunos legisladores, y muchos otros ciudadanos apoyaron la pena de muerte para el delito de homicidio, dado el terrible suceso que ocurrió hace aproximadamente dos años con el caso de los dos secuestradores y asesinos de aquel bebé que apenas comenzaba a vivir y que conmovió a toda la republica mexicana. También otro hecho trágico que conmovió igual a toda la sociedad, fue el del multihomicidio de toda una familia ocurrido en la ciudad de México específicamente en Tlalpam por Orlando Magaña.

Asimismo, encuestas anteriores al trágico acontecimiento publicadas por el diario Reforma y aplicadas en el mes de octubre pasado, indican que el 72% de los encuestados está de acuerdo en aplicar la pena de muerte a homicidas, el 20% se muestra en desacuerdo. Así pues de esta manera se puede decir que ahora ha renacido la controversia acerca de la posibilidad de aplicar la pena capital en México.

Ciertamente que el enojo, la indignación y el dolor son realmente intensos cuando se priva de la vida o se hace un daño irreparable a un inocente, y aquel que lo comete, sin duda alguna, merece un castigo ejemplar.

Por otra parte, desde un punto de vista estrictamente ético y moral, el homicida, o cualquier otro actor de un hecho criminal efectivamente es un delincuente, un ser humano inadaptado socialmente, incapaz de interactuar en sociedad por su grado de peligrosidad, y por ello debe ser apartado y recluido al margen de la misma.

CAPITULO 3

CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN PENAL O IMPLEMENTACIÓN DE UNA

LEY DE PENA DE MUERTE

Legislación comparada

En Guatemala la aplicación de la pena de muerte es sobre delitos que se consideran como muy graves, como lo son:

     

  • Traidor a la patria

     

     

  • Violador con desenlaces mortales

     

     

  • Homicidas de niños

     

     

  • Terroristas

     

Las ejecuciones que anteriormente se usaban desde hacia trece años, se llevaron a cabo en 1996 ante un pelotón de fusilamiento.

En Estados Unidos de América, varios Estados usan aun la silla eléctrica. Una de las ejecuciones mas recientes con ese método tuvo lugar en florida en 1997. Algunas de las conductas delictivas por las que se aplica la pena de muerte en algunos de los Estados son:

     

  • Traidor al estado y/o país

     

     

  • Homicidio a funcionarios públicos

     

     

  • Violadores mortales

     

     

  • Asesinos en serie

     

     

  • Secuestro

     

Actualmente 38 de los 50 Estados de Estados Unidos de América, incluyen en su legislación la pena de muerte; la legislación federal civil y militar de los EE.UU. también establecen la pena de muerte.

Afganistán, en 1998, al menos a cinco hombres, declarados culpables de sodomía por los tribunales de la Ley Islámica (Sharia) los colocaron delante de unos muros; después derrumbaron los muros y los hombres quedaron enterrados entre los escombros.

En este mismo País se pueden llevar a cabo ejecuciones lapidando al condenado, colgándolo de una grúa o degollándolo.

En Arabia Saudita las ejecuciones suelen llevarse a cabo en publico.

Reformas al Código de Penal y/o al Federal de Procedimientos Penales

Secuestro:

La Cámara local aprobó reformas al Código Penal Federal para tipificar el secuestro express como delito grave, el cual tendrá como penalidad de 35 a 50 años de prisión, además de una multa de 650 a mil días de salarios mínimos.

Violación:

Las nuevas modificaciones al Código Federal de Procedimientos Penales respecto a las sanciones que recibirán los responsables de crímenes de violación, hostigamiento sexual .

Una reforma integral al Código Federal de Procedimientos Penales, se había venido realizando desde hace más de un año y había dado origen a un marco jurídico aprobado en enero pasado con el consenso de todos los partidos políticos. En este, se aumentaban las penalidades a los delitos de violación, hostigamiento sexual, que pretendían disminuir este tipo de violaciones a los derechos humanos.

Homicidio:

Se reforma el Código Federal de Procedimientos Penales, en este caso se incluye al homicidio por culpa grave previsto en el articulo 60, párrafo tercero.

Instancias

A groso modo, para que se pueda aplicar la pena de muerte en México y el saber hasta que instancia o jurisdicción se debe de llegar, es menester mencionar que de conformidad con la Convención Americana sobre derechos Humanos que se menciona, en su artículo 4.6, dice que todo país que aplique la Pena de Muerte, tendrá la obligación de crear un procedimiento u órgano encargado de resolver única y exclusivamente la conmutación de la Pena de Muerte, es decir, un procedimiento de indulto, un tribunal de apelación específico para la pena o cualquier medio, que tenga el condenado para conmutar su pena.

CONCLUSIONES

1. No hay duda acerca de que los pueblos de la antigüedad tuvieron valiosas aportaciones para las culturas posteriores; los romanos se esforzaron en delimitar la conducta humana mediante su legislación. Ya que con ella y con el tiempo ha ido desapareciendo esos castigos tan severos que acostumbraban imponer a los delincuentes.

2. De acuerdo a lo visto en la vida cotidiana y con lo estudiado, confirmo que la pena de muerte debe de existir para ciertos delitos como son: el secuestro, la violación sexual y el homicidio. Acaban con la vida de sus víctimas. En el primer caso si no se cumple con el rescate que ellos exigen, en el segundo caso si no logran satisfacer sus instintos y en ocasiones aún satisfechos acaban con la vida su víctima; y en el tercer caso si no logran su venganza o de igual forma como en el secuestro por unos pesos o mejor dicho por muchos pesos terminan con la vida de un ciudadano. ¿Porque dejar con vida a los enfermos de ese mal incurable que es delito?

3. La Constitución Federal , en lo que se refiere a la aplicación de penas , se interpreta diciendo que se debe llevar a cabo en un proceso legal en que, después de cumplirse todas las formalidades de ley, se culmine con una sentencia firme, pronunciada por un tribunal competente y constituido con anterioridad al hecho juzgado y que el proceso se realice de conformidad con la ley que establezca, con antelación la comisión del delito, la pena dictada.

  

Francisco Javier García Cerón

Pena de Muerte

Creo que hoy es un buen día para hablar de lo que, según yo, es un tema demasiado mensopreciado en la llamada "sociedad civilizada"...la pena de muerte.


Este es un asunto candente entre democráticos, liberales y personas que defienden a ultranza los derechos humanos; es un tema tabú, pues no hay personas dispuestas a dialogar sobre el tema. Estar a favor de tal método de justicia se considera una incibilizada barbarie y así es como consideran a las personas a favor de dicha medida.
Naturalmente, cuando hablo de asesinos, no me refiero a los casos de homicido involuntario o por defensa personal, me refiero a asesinos que cometen un crímen premeditado.


Es curioso como se acepta, por ejemplo, la eliminación de un perro que, por motivos desconocidos y que tampoco se investigan, ataca a una persona. Nadie se para a pensar en las motivaciones del animal a la hora de cometer el ataque; esto puede parecer una tomtería pero no lo es, no son numerosas las personas que realmente saben convivir con seres de otra especie y, precisamente por esto, ocurren desagradables incidentes. Nunca hay que olvidar el lado salvaje de cualquier animal, por doméstico que sea debemos cumplir unas normas de convivencia para garantizar cierta seguridad.
Este es un tema que quiero desarrollar en otra ocasión. Hoy, con esto, quiero simplemente subrayar que el animal se comporta instintivamente, sus ataques no son estudiados ni premeditados. Un humano asesino sigue unas directrices muy distintas, ya sea por adicción a ese impulso irrefrenable de disfrutar asesinando o ya sea por motivos terrorísticos. Son muchas las personas que vienen señaladas, juzgadas y catalogadas al decir la frase "yo estoy a favor de la pena de muerte".

Es curios que, cuando se habla de este tema, todo el mundo recuerda los "derechos humanos" del convicto, olvidando los mismos derechos de la víctima. Puede sonar poco democrático pero eso de "muerto el perro, se acabó la rabia", a veces, no parece tan descabellado. Está claro que la pena de muerte no es la panacea universal para solucionar el creciente problema de mortal violencia; no puedo asegurar que serviría para disminuirla pero, al menos, estaríamos seguros de que ese asesino SEGURO no volvería a atentar contra la vida de nadie, aunque, por otro lado, podría servir de útil disuasorio para algún que otro delincuente. Naturalmente no para un "serial-killer", cuyo impulso homicida es tan fuerte como para ser, literalmente, adicto al asesinato.

 

Naturalmente, a lo largo de la historia, se han cometido errores garrafales a la hora de condenar a sospechosos, el caso del Dr.Samuel Sheppard es uno de los más conocidos gracias a la serie (y posterior película) "El Fugitivo". Tiempo atrás bastaba un testimonio ocular, una confesión forzada o una mala coartada para penar a alguien, incluso hoy, con todos los adelantos de los que disponen los investigadores, es posible cometer errores, por ejemplo, manejando inapropiadamente las muestras recogidas en el escenario del crimen. Esto, por otro lado, es cada vez más difícil gracias a pruebas como el ADN (rasgo único y diferente para todas las personas del mundo, a excepción de gemelos univitelinos); este sistema se utilizó por vez primera como prueba policial en Inglaterra en 1985. Sin percatarnos dejamos muestras del mismo por doquier, desde células epiteliales (microscópicos restos de piel) pasando por rastros como cabellos o secreciones como sudor, saliva, semen, lágrimas o sangre. Además existe el "CODIS" (Combined Dna Index System), una base de datos´en donde se recogen referencias de ADN, tanto de personas como de muestras recogidas en escenas del crimen, para posibles comparaciones. Existen, también, especializaciones de otras muestras físicas como tinta, herramientas, papel, tierra, huellas, marcas de neumáticos, pruebas de balística, entomológicas (el estudio de los insectos es útil para desenmascarar indicios importantes pues, dependiendo de la proliferación de ciertos insectos durante las diferentes fases de descomposición de un cuerpo, por ejemplo, se pueden saber, con exactitud, ciertos datos que de otra forma se mantendrían ocultos). Es hasta posible detectar, con diferentes tecnologías biométricas, restos volátiles como olores, vapores y gases ( el perfume de alguien que ha estado en una escena, por ej.). Estos métodos ( y muchos otros que no he nombrado) son de crucial importancia a la hora de resolver un crimen, pues son pruebas de peso para la imputación o exculpación de cualquier sospechoso.

 

Por otro lado deberíamos ponernos, de vez en cuando, del lado de las víctimas... no me refiero solo a las que han sufrido una violenta y prematura muerte, si no de aquellas que han podido sobrevivir milagrosamente al ataque del homicida o, incluso, de "las víctimas colaterales", es decir, los familiares de los damnificados... ¿Alguien se puede imaginar la angustia que representa vivir con el horror de saber que tal monstruo sigue vivo? ¿Alguien se imagina la pesadilla de temer que basta el mínimo fallo judicial o una errónea pericia psicológica para poner a ese ser de nuevo en la calle?... Muchas veces, condenando a cadena perpetua o encierro en un psiquiátrico a ciertos homicidas, condenan a una pena similar a las víctimas y sus famílias.

 

Los archivos de la policía de todo el mundo están repletos de homicidas que, por una u otra razón, han logrado burlar el sistema, han salido libres y han vuelto a la oscura senda del asesinato; con una condena a muerte esas defunciones adicionales se podrían haber evitado .

 

 

Obras de Marcela Serrano

Obras de Marcela Serrano

"Una mujer es la historia de sus actos y pensamientos, de sus células y neuronas, de sus heridas y entusiasmos, de sus amores y desamores..."

Biografia
Escritora chilena, nacida en Santiago de Chile en 1951. Licenciada en grabado en la Universidad Católica, entre 1976 y 1983 trabajó en diversos ámbitos de las artes visuales, especialmente en instalaciones y acciones de arte (entre ellas el body art).

Rodeada de presencias femeninas en todas las etapas de su vida (madre, hermanas, amigas, hijas, compañeras de trabajo...), es autora de cuatro novelas en las que indaga en los problemas, inquietudes y anhelos de las mujeres hispanoamericanas del último cuarto del siglo XX.

Sin embargo, y a pesar de que reconoce su condición de feminista, no se considera autora de una "narrativa femenina", ya que en sus obras no presenta tesis ideológicas, sino la narración de unas historias ficticias ancladas en los sentimientos de seres humanos. Su novela "El albergue de las mujeres tristes" ha visto la luz en 1997. Tras abordar en ella la soledad y la tristeza que afecta a un grupo de mujeres que han conseguido la independencia, pretende dar por cerrado su ciclo narrativo dedicado a la mujer, para dedicarse próximamente a otros géneros como la novela negra o la de aventuras.

Nuestra Señora de la Soledad, Marcela Serrano ISBN 84-204-4201-1 Madrid, Alfaguara, 1999   Marcela Serrano, nacida en Santiago de Chile en 1951, llegó a la literatura como una suerte de inevitabilidad histórica: Su madre, Elisa Pérez Walter, es novelista, y su padre, Horacio Serrano, escribe ensayos. Sin embargo, Marcela se licenció en grabado por la Universidad Católica de su país, donde había estudiado la carrera de 1976 a 1983. No fue sino hasta 1991 que comenzó a escribir su primera novela, Nosotras que nos queremos tanto, donde ya son evidentes varias constantes reflejadas en su obra posterior: unas opciones que se decantan claramente por la izquierda y a favor del feminismo.
            Resumen de Nuestra señora de la soledad
Nuestra señora de la Soledad no es la excepción. Tenemos aquí a Carmen Ávila, una escritora de desaparece de pronto, y a la detective que es enviada a seguirle la pista, ella misma un personaje más que inusual: Rosa Alvallay, una mujer divorciada, con 54 años y dos hijos a cuestas. De fondo, México, y concretamente Oaxaca, cuya patrona da nombre al libro. La atención se mantiene y la novelista resuelve con eficacia.

Obras de Miguel Unamuno

Obras de Miguel Unamuno

Biografia

(Bilbao, 1864 - Salamanca, 1936) Escritor, poeta y filósofo español, principal exponente de la Generación del 98.

Entre 1880 y 1884 estudió filosofía y letras en la universidad de Madrid, época durante la cual leyó a T. Carlyle, Herber Spencer, Friedrich Hegel y Karl Marx. Se doctoró con la tesis Crítica del problema sobre el origen y prehistoria de la raza vasca, y poco después accedió a la cátedra de lengua y literatura griega en la universidad de Salamanca, en la que desde 1901 fue rector y catedrático de historia de la lengua castellana.

Inicialmente sus preocupaciones intelectuales se centraron en las cuestiones éticas y los móviles de su fe. Desde el principio trató de articular su pensamiento sobre la base de la dialéctica hegeliana y más tarde acabó buscando en las dispares intuiciones filosóficas de Spencer, Sören Kierkegaard, W. James y H. Bergson, entre otros, vías de salida a su crisis religiosa.

Sin embargo, las contradicciones personales y las paradojas que afloraban en su pensamiento actuaron impidiendo el desarrollo de un sistema coherente, de modo que hubo de recurrir a la literatura, en tanto que expresión de la intimidad, para resolver algunos aspectos de la realidad de su yo. Esa angustia personal y su idea básica de entender al hombre como "ente de carne y hueso", y la vida como un fin en sí mismo se proyectaron en obras como En torno al casticismo (1895), Mi religión y otros ensayos (1910), Soliloquios y conversaciones (1911) o Del sentimiento trágico de la vida en los hombres y en los pueblos (1913).

El primero de los libros fue en realidad un conjunto de cinco ensayos en torno al "alma castellana", en los que opuso al tradicionalismo la "búsqueda de la tradición eterna del presente", y defendió el concepto de "intrahistoria" latente en el seno del pueblo frente al concepto oficial de historia. Según propuso entonces, la solución de muchos de los males que aquejaban a España era su "europeización".

Sin embargo, estas obras no parecían abarcar, desde su punto de vista, aspectos íntimos que formaban parte de la realidad vivencial. De aquí que literaturizase su pensamiento primero a través de un importante ensayo sobre dos personajes clave de la literatura universal en la Vida de don Quijote y Sancho (1905), obra en la que, por otra parte y en flagrante contradicción con la tesis europeísta defendida en libros anteriores, proponía "españolizar Europa". Al mismo tiempo, apuntó que la relación entre ambos personajes cervantinos simbolizaba la tensión existente entre ficción y realidad, locura y razón, que constituye la unidad de la vida y la común aspiración a la inmortalidad.

                  

                          Resumen de la Tia Tula

INTRODUCCIÓN

La Tía Tula es la tía que se convierte en la madre de 5 niños, tras la muerte de su hermana Rosa y de la segunda esposa de su cuñado Ramiro, Manuela. Personaje fuera de lo corriente, mediante el cual se explora la dicotomía virginidad-maternidad ligada a los fundamentos del cristianismo a través de la perspectiva de una mujer paradójica, compleja y de gran fuerza sexual.

 

RESUMEN

Gertrudis y Rosa son unas hermanas muy unidas. Vivían  huérfanas de padre y de madre desde muy niñas, con un tío materno, sacerdote, que no las mantenía, pues ellas disfrutaban de un patrimonio que les permitía sostenerse en la holgura de la modestia, pero les deba consejos y era buen tío.

Rosa le preguntó a Gertrudis su opinión respecto a su pretendiente, Ramiro Cuadrado. Gertrudis, también conocida como Tula, era respetada y admirada tanto por su tío Primitivo, como por su hermana Rosa y su opinión era respetada y escuchada. Respecto a Ramiro, objetiva por demás, aprobaba la unión entre ellos, pues ambos se querrían bien. A Primitivo, sólo le bastaba la opinión de su sobrina Tula para saber que Rosa estaría en buenas manos.

Pasaron un par de semanas y Rosa estaba preocupada porque Ramiro se mostraba distante cada vez que ella mencionaba el matrimonio, así que se lo comentó a Tula y ella tomó la determinación de hablar con él. A la mañana siguiente Ramiro fue a casa de las hermanas esperando encontrarse con Rosa, pero en su lugar Tula le recibió con mucha dureza y firmeza, cuestionándole si amaba a su hermana y presionando para fijar el día de la boda. A la mañana siguiente ya se había estipulado el día del compromiso.

Primitivo casó a Ramiro y a Rosa. Gertrudis disfrutó mucho la boda y se divirtió mucho. Tula visitaba a la pareja de vez en cuando, iba a comer o a platicar con su hermana. Un día, Rosa recogió a un perro de la calle y Tula desaprobó esa chiquillada, pues su mayor anhelo es que su hermana tenga hijos. Un día Rosa fue a visitar a Tula porque ella había disminuido sus visitas, y le dio la noticia de que había regalado al perro porque ya estaba embarazada. Desde entonces, Gertrudis empezó a frecuentar más la casa de su hermana.

En el parto de Rosa, que fue durísimo, nadie estuvo más valerosa y serena que Gertrudis. El doctor estaba desesperanzado y Tula exigía, con su carácter fuerte, que nadie saliera muerto. Ramiro estaba muy angustiado, pero finalmente conoció a su pequeño hijo. Tula le sugirió a su hermana que lo llamaran Ramiro y que al próximo niño, el cual sería niña, la llamara Gertrudis. A partir de ese día, Tula iba diario a casa de su hermana para cuidar y criar al pequeño Ramiro. Era como una preocupación en la tía la de ir sustrayendo al niño, ya desde su más tierna edad de inconciencia, de conocer el amor de que había brotado. Le colgó en el cuello una medalla de la Santísima Virgen, de la Virgen Madre, con su niño en brazos. Con frecuencia, Rosa se impacientaba en acallar al niño o al envolverlo en sus pañales, pero Tula tomaba al niño bajo su cuidado y enviaba a Rosa con su marido, para así, repartirse el trabajo. Y así pasaba el tiempo y llegó otra cría, una niña.

Al poco tiempo de nacer la niña, encontraron un día muerto al bueno de don Primitivo. Gertrudis lo bañó, limpió y vistió para su entierro. Ella sufrió mucho su muerte, pues en cierta forma él se había convertido en un padre para ellas, quien las educó de una manera religiosa y correcta.

Rosa le pidió a su hermana que fuera a vivir con ellos, pues ella se encargaba enteramente de la crianza de sus hijos; no obstante, Gertrudis se rehusó afirmando que no quería estorbarles. Tula siguió yendo a su horas para ir enseñando a los niños y atender todo aquello de lo cual la pareja no podía ocuparse.

Venía ya el tercer hijo del matrimonio y Rosa se quejaba de su fecundidad. El embarazo fue muy molesto y la dejó casi sin fuerzas. Gertrudis la observaba caminar con dificultad y en cierta forma, presentía algún mal. Ramiro estaba preocupado porque veía que Rosa no tenía más entusiasmo por vivir después del parto; su salud se desvanecía y le acongojaba pensar en su soledad. Rosa le pidió a Gertrudis que cuidara de sus hijos y de su marido, proponiéndole que ella ocupara su lugar en la familia, no obstante, Gertrudis le prometió que cuidaría a sus hijos, mas no se comprometió en casarse con Ramiro.

Tula trataba de alimentar con el biberón al niño, pero éste gemía y rechazaba el alimento, así que se encerró en un cuarto con su sobrinito y le pidió a la Virgen Santísima un milagro para poder alimentar al niño con su seco pecho. Oyó unos pasos acercarse a la puerta, recogió su pecho y dejó pasar a Ramiro, quien le daba la noticia de que Rosa había fallecido. Tula le dijo que ahora habría que cuidar y criar a los niños.

Ramiro repasa retrospectivamente su vida de casado con Rosa, aprecia el papel y la actitud de Gertrudis durante el proceso de noviazgo y el matrimonio y se muestra incrédulo ante la muerte de Rosa. El dolor se le espiritualizaba y sólo cobraba el sentido cuando entraba Gertrudis. Al parecer, Ramiro está pensando en Rosa, y luego en Gertrudis como continuadora del papel de compañera y madre de sus hijos.

Gertrudis que se había instalado en casa de su hermana desde que enfermó, le dijo un día a su cuñado que recogería su antigua casa y que vendría por completo a vivir allá para poder cuidar a los niños. Ramiro emocionado, le llamaba Tula, pero ella le pedía que siempre le llamara Gertrudis, especialmente frente a los niños y ella procuraba que estuviera un niño cuando estaba cerca de Ramiro. Un día Ramiro descubrió que Gertrudis había mantenido una relación secreta con su primo Ricardo, pero ésta terminó en cuanto Tula tomó la determinación de dedicarse de lleno a la educación y cuidado de los hijos de su hermana a quienes llamaba sus hijos. Ricardo fue a visitar a Tula para pedirle que recapacitara y se casara con él, pero ella estaba determinada en que no se casaría nunca y su única misión era cuidar a los niños, pese a que la gente piense que vive ahora en casa de Ramiro para casarse con él. Ramiro le insinuó a Tula la posibilidad de unirse, pero Tula, tajantemente, dijo que no deseaba casarse y sólo quería cuidar a los niños de su hermana. Ramiro creía que en dado caso Tula debió ser monja, pero ella decía que no le gustaba que nadie le diera órdenes.

Después de varios días transcurridos, Ramiro seguía observando a Gertrudis con la misma intención hasta que un día él le dijo a Tula que era imposible que ella estuviera en la casa, llenándola de su calor y siendo alma y cuerpo, sin que él sintiera nada, además, si ella decidía marcharse, los niños sufrirían mucho porque la quieren a ella más que a su padre. Gertrudis le pidió que le diera un año para pensar las cosas y entonces le diría si se casaría con él o no.

Ramiro decidió meterse en la política y nominarse candidato para ser diputado local, lo cual hizo muy feliz a Tula, pues de esta forma él se mantendría ocupado.

En el alma de Gertrudis se desencadenaba una guerra entre el corazón y la razón. Ella sentía que su hermana no querría que fuera mujer en carne de su marido, y todas las tardes rezaba en su cuarto recatado ante la Virgen Santísima. Hacía esfuerzos para acallar sus pensamientos y calmar el deseo de su cuñado. Ramirín, uno de sus sobrinitos, llamaba a Tula mamita, aunque su padre le pidió que la llamara tía Tula, pues argumentaba que todavía era su tía pero que pronto sería su madre. Ante esto, Tula le pidió a Ramiro que no confundiera a más a los niños.

La familia fue a pasar las vacaciones al campo, pues Ramiro buscaba momentos para estar a solas con su cuñada, y el campo, en lugar de disminuir el deseo, incrementaba conforme a los hermosos paisajes que veían. Una noche, al ver la luna rojiza, Ramiro hizo una comparación entre la luna, inalcanzable, misteriosa y con su parte oscura, y Tula, quien trataba de frenar el tema. Gertrudis sentía que el campo no era puro, en la ciudad estaba su convento, allí adormecería a su cuñado y por ello debían marcharse de regreso cuanto antes.

Tula sufría tal confusión que fue con el Padre Álvarez al confesionario. Éste le dijo que la actitud de Ramiro era natural, que ella debía entenderlo y ayudarle, que no había nada de malo en casarse con él y le cuestionó su amor por él y qué hubiera pasado si desde un principio él la hubiese pretendido a ella en lugar de Rosa. Tula salió muy desconcertada y enojada porque creía que el Padre no la entendía del todo, no obstante, continuaron confusos sus sentimientos por Ramiro.

De pronto, observó Gertrudis que su cuñado era otro hombre, que celaba algún secreto, que andaba desconfiado y que salía mucho de la casa. Y a fuerza de paciente astucia logró sorprender las miradas de conocimiento íntimo entre Ramiro y la criada de la casa, Manuela, una joven huérfana de 19 años. Un día Tula descubrió a la muchacha saliendo de la habitación de Ramiro y en ese momento fue a pedirle que se casara con ella. Ramiro no comprendía lo que le pedía Gertrudis e incluso le recordó que su hermana Rosa había pedido que los niños no tuvieran madrastra, no obstante, Tula fue firme en su petición porque Manuela estaba encinta y  aclaró que ella continuaría criando a los niños y seguiría siendo como su madre, pero ahora Ramiro debía cumplir con el deber, pese a que fuera una criada, pues debió haber pensado bien sus actos antes de embarazarla.

Manuela y Ramiro se casaron, pero en la casa parecía ella más la criada y Gertrudis más el ama de casa. Pese a la vergüenza que sentía Manuela, Gertrudis solicitaba que ella se sentara en la mesa con todos para que los niños comprendieran que eran familia y que no debían seguirse ocultando, pues ello impulsaba pensamientos impuros. El embarazo de Manuela fue muy incómodo y difícil y Gertrudis hizo lo mismo que en los embarazos de su hermana, tomó al niño y se lo presentó a su padre, quien lo veía con lástima.

De nuevo, la pobre Manuela, la hospiciana, se hallaba preñada y Ramiro muy malhumorado con ello. El doctor, don Juan, auguraba que la madre no sobreviviría mucho tiempo después de dar a luz. Gertrudis también lo veía en el aspecto de Manuela. Don Juan parecía dedicarle un cortejo platónico a Tula, a quien admiraba y consideraba una mujer especial, fuerte, sagaz y con hermoso cuerpo.

Cuando en la casa temían por Manuela y todos los cuidados eran para ella, de pronto cayó Ramiro en cama por una pulmonía. Una tarde en que la fiebre lo dejó más tranquilo llamó a Gertrudis a solas y le dijo que él la amaba desde el principio, cuando Tula insistió en casarlo con su hermana, era a ella a quien admiraba y veía una vez estando cerca. A Gertrudis se le llenaron los ojos de lágrimas, confesó que ella lo había rechazado por temor a los hombres y juntaron sus bocas para besarse.

Al siguiente día llevó a los niños al lecho de su padre ya moribundo y sacramentado. Luego fue Manuela y de poco se muere de la congoja que le dio sobre el enfermo. Ramiro rindió su espíritu despidiéndose de su Tula. Y ella, la tía, vació su corazón en sollozos de congoja sobre el cuerpo exánime del padre de sus hijos, de su pobre Ramiro.

Hubo abatimiento en aquel hogar, pues los niños eran incapaces de darse cuenta de los que había pasado y la pobre viuda luchaba por mantener vivo al ser que llevaba adentro, más como estaba previsto, falleció en cuanto nació la pequeña niña, sola y huérfana, tal como había venido al mundo. Y fue esta muerte la que más ahondó el ánimo de Gertrudis, que ya había asistido a otras tres ya. Era como si esta muerte recordara las otras tres y las iluminará más. Tula se sentía culpable por la muerte de Manuela, creía que había matado aquella pobre hospiciana huérfana, se le figuraba que era como Eva, quien también murió sin madre.  Y ahora se quedaba Gertrudis con sus cinco crías, cuidando en especial la última y considerándolas a todas sus hijos. El mayor, Ramirín era la viva imagen de su padre, en figura y en gestos, y su tía se proponía a evitar en él los malos hábitos que tenía su padre.

Gertrudis, molesta por las insinuaciones de don Juan, el médico, le anunció un día estar dispuesta a cambiar de médico. Don Juan le confesó que él deseaba casarse con ella y adoptar a los niños, que tanto le gustan, pero Gertrudis se negó rotundamente, lo llamó puerco y así se despidieron para siempre.

Tula cuestionaba el papel del hombre en el cristianismo, como éste siempre ha estado fundado en el hombre y no en la mujer, la Virgen, la madre, Magdalena. El cristianismo, se decía Gertrudis, al final es religión de hombres.

Corrieron unos años apacibles y serenos. La orfandad daba a ese hogar una luz de serena calma. La tía Tula procuraba tratar a todos sus hijos sin distinciones, pero tenía preferencias por Ramirín y por la más pequeña, la hija de la muerte, Manuelita, por quien se sentía mucho más responsable.

A todos los educó recordándoles a sus padres, pero le preocupaba pensar en la diferencia que podían sentir entre ellos al saber que son medios hermanos, así que les inculcó que todos son sus hijos y su única madre ahora era ella.

Mientras educaba a los niños, descubrió que le gustaba la geometría porque le inspiraba pureza y perfección, por el otro lado, no quería saber de anatomía o fisiología.

Gertrudis iba a confesarse con el mismo padre que iba Ramirín, pues de esta forma, también podía controlar y guiar sus pasos. Cuando una vez creyó observar en el muchacho inclinaciones ascéticas y místicas, acudió alarmada al padre Álvarez y reveló la culpa que sentía al haber hecho caer, en dos ocasiones, al pobre Ramiro con su hermana y con la otra, por soberbia y por amor propio.

Logró sacar a su sobrino de aquellas inclinaciones ascéticas y lo fue guiando para unirse con una mujer que ella ya había escogido para él, Caridad.

Tula y Caridad se hicieron muy amigas, platicaban mucho y juntas se encargaban del hogar. Gertrudis le pedía a Caridad que cuidara de Manolita, tan débil, inocente y enfermiza. Caridad creía que Manolita tenía los mismos ojos que Tula.

Gertrudis empezó a enfermar, sufría mareos y desmayos constantes y su salud decayó. Poco después Manolita también se enfermó, así que la tía sacó fuerzas y se recuperó para cuidar a su pequeña, quien no tenía deseos de seguir viviendo si su madre Tula moría. La salud de Manolita mejoró notoriamente y Gertrudis contrajo una bronconeumonía. Caridad quería cuidarla, pero Tula le pedía que se encargara del hijo que llevaba dentro y que con la ayuda de Manolita, quien revitalizada cuidaba de su madre, Rosa y Elvira, cuidarían bien de ella.

La tía Tula no podía ya más con su cuerpo. Comenzó por despedirse de Manolita, a quien le pidió que no volviera a temer a la vida, que cuidara de sus hermanos, así como ella lo había hecho. Antes de morir, Tula les aconsejaba a sus hijos que no hicieran cosas de las cuales se arrepentirían y menos de no haber hecho algo y les pidió que rezaran por sus padres y por ella, asimismo, empezó a hablar del purgatorio y del fango ardiente con el que son lavados los que pasan por allí.

La tía Tula murió finalmente, pero siempre permaneció en la casa viva eternamente con la familiaridad inmortal, ya no como la madre, ni como la tía Tula, sino sólo Tía, una especie de reverencia santificada.

Manolita adoptó la actitud de la Tía, era quien mantenía la familia unida y se preocupaba por sus hermanos. Pronto se hicieron bandos entre hermanos y se formaron dos grupos: de un lado, Rosita, la hija mayor de Rosa, aliada con Caridad, su cuñada y no con su hermano. De otro, Elvira, la segunda hija de Rosa, con Enrique, su hermanastro, el hijo de la hospiciana, y quedaban fuera Ramiro y Manolita. Ramiro vivía atento a su hijo y a sus negocios y Manolita atenta a mantener el culto de la tía y la tradición del hogar. Manolita se preparaba a ser el lazo entre cuatro probables familias venideras.

La alianza entre Elvira y Enrique, los dos hermanastros, era mucho más estrecha que cualquier otra, siempre estaban juntos, cuchicheando, no se separaban un solo instante, hasta que un día Manolita sugirió que ambos debían buscarse una pareja porque se comportaban como chiquillos.

Rosita buscaba mucho a Caridad para llevarle sus quejas, sus aprensiones y sus suspicacias. Parecía que requería mucha atención y al no tenerla, se quejaba constantemente. Caridad le dijo a Manolita que ya no sabía qué hacer con las constantes quejas y críticas de Rosita en contra de su marido Ramiro, así que Manolita enfrentó a Rosita, con tal dureza y fortaleza, que pareciera que venía del otro mundo, del mundo eterno de la familia inmortal. Manolita heredó el alma de la Tía Tula y el respeto por parte de sus hermanos al considerarla la Tía, a través de ella.

 

PERSONAJES 

 GERTRUDIS: Personaje principal. También conocida como Tía Tula. Una mujer de carácter fuerte, religiosa, mandona, de gran fuerza sexual, imponente, compleja, autoritaria, individualista y tenaz. Juzga la naturaleza del hombre y la compara como la de los zánganos en la naturaleza de las abejas. Es la fundadora de la convivencia familiar, una mujer ejemplar que se sacrifica casi hasta la santidad. Nunca se deja influir por el qué dirán y busca la pureza absoluta.

RAMIRO: Personaje secundario. El amor imposible de Tula, marido de Rosa, la hermana de Tula y de Manolita, la criada de la casa. respeta y venera a Tula, desea casarse con ella tras la muerte de su primera esposa, Rosa. Se deja llevar por sus impulsos, como hombre y no se conoce mucho de personalidad más que a través de la perspectiva de la feminista Gertrudis.

ROSA: Personaje secundario. Hermana de Tula. Amigas inseparables, de gran belleza y simplicidad en su carácter. Obedecía y escuchaba con atención todo cuanto su hermana le decía.

MANUELA: Personaje secundario. Criada de la casa que se convierte en la segunda esposa de Ramiro porque queda preñada y Gertrudis sugiere que deben de casarse. Huérfana de nacimiento, débil, miedosa y frágil.

MANOLITA: Personaje secundario. Hija de la hospiciana y de Ramiro. La hija consentida de Tula. En un principio era la más triste, débil y enfermiza de los hermanos, pero en cuanto su tía cae enferma, cobra valor a la vida y tras la muerte de Tula, se convierte en la heredera de su alma y su espíritu, la unificadora familiar.

RAMIRÍN: Personaje secundario. Hijo mayor de Rosa y Ramiro. Favorito de la Tía Tula porque era la viva imagen de su padre.

CARIDAD: Personaje secundario. Esposa de Ramirín y confidente de Tula cuando ésta se muda a la casa con la familia.

ELVIRA, ROSITA Y ENRIQUE: Personajes secundarios. Elvira y Rosita son hijas de Rosa y Ramiro, mientras que Enrique es hijo de la hospiciana.

PARA QUE TE LUZCAS 

  • La Tía Tula es una novela que explora los temas de la sexualidad, la familia, la maternidad-virginidad, la pureza del ser, la fortaleza sexual en el sexo femenino y el cristianismo. A lo largo de la novela se presentan varias críticas al papel de la mujer en la religión cristiana y cómo ésta es una religión de hombres, así como la comparación entre el mundo animal de las abejas, donde hay una reina y una serie de zánganos y la relación familiar que Tula conlleva, mantiene y sostiene como parte de su única misión en la vida. Un curioso detalle en esta novela es que Unamuno llega a cambiar por equivocación, y en varias ocasiones, el sexo de los hijos de Rosa, así como los nombres de éstos, hasta que finalmente, y por orden de edades, quedan de la siguiente manera: Ramiro, Rosa y Elvira (hijos de Rosa) y Enrique y Manolita (hijos de Manuela).Fue publicada por primera vez en 1921, aunque el proyecto ya existía desde 1902.

Narracion de los hechos del curso (Pandillas)

Narracion de los hechos del curso (Pandillas)

En mi curso a dos de mi compañeros los querian agreder fisicamente unos alumnos de otro curso, ya que mis dos compañeros habian molestado a la polola de uno de estos alumnos donde este defiende a su polola agrediendo a los dos compañeros de mi curso. Los alumnos del otro curso formaron una pandilla para agredirlo fisicamente donde constantemente son perseguidos y amenasados, a estos alumnos fueron llamados por el director para solucionar este problema ya que se podia agrabar con el pasar del tiempo.

"Amar la diciplina es amar el saber; odiar represión es ser ignorante"                                                                                  

                                                                                              Proverbios 12:1

Carreras a estudiar

Ingeniería Civil Química 
 
 
 
 
Descripción:

Formación orientada al campo de la Ingeniería de Procesos Químicos, esto es, la transformación de materias o productos intermedios en productos terminados mediante la transferencia de materia y energía.
Se capacita para participar en todas las etapas de la formulación de procesos químicos industriales: síntesis, diseño, dimensionamiento de equipos, evaluación económica y evaluación de impacto ambiental. Así como modelar, simular, optimizar y diseñar el control automático de procesos. Es capaz de dirigir la operación de plantas químicas industriales y, en general, administrar personal, bienes y servicios; como también, de aplicar la computación e informática en su campo específico.

Existe la oportunidad en la formación curricular de especializarse y actualizarse en diversas tecnologías tales como Celulosa y Papel, Bio-Ingeniería, Combustibles y Energía, y Metalurgia Extractiva entre otras.

 
Duración:
La duración de la carrera es de 6 años, estructurada en tres ciclos de dos años aproximadamente. El primer año es anual y los cursos posteriores son semestrales.
 

Grado Académico:

Licenciado en Ciencias de la Ingeniería, al cabo del octavo semestre.

 
Título Profesional:

Ingeniero Civil Químico

 
Campo Ocupacional:

Los Ingenieros Civiles Químicos están capacitados para participar en la generación y diseño de procesos industriales. Su campo de trabajo abarca las empresas del sector productivo de la ingeniería de procesos, las oficinas de ingeniería y empresas consultoras prestadoras de servicio de la industria del sector químico, petroquímica, forestal, minero, agroindustrial y otras, y además el desempeño profesional independiente en áreas relacionadas.

 

Medicina 
 
 
 
 
Descripción:

Durante su formación, el estudiante adquiere conocimientos y desarrolla habilidades y destrezas técnicas que lo capacitan para mantener, mejorar, proteger y rehabilitar la salud de las personas, satisfaciendo las necesidades de los individuos y de la sociedad en acciones de salud que deben enmarcarse en una base ética científica con profundo sentido y alcance social.

Su preparación profesional está basada en ciencias básicas de la salud, humanistas y propias del quehacer médico, lo que le permite desenvolverse en los diferentes campos ocupacionales de la Medicina y a la vez lo capacita para continuar programas de especialización Médica de Postgrado.

 
Duración:
7 años.
 

Grado Académico:

Licenciado en Medicina.

 
Título Profesional:

Médico Cirujano.

 
Campo Ocupacional:

- En el Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Organismos de atención de Salud Privados
- Otras Instituciones Fiscales
- Instituciones de Educación Superior
- Ejercicio libre de la profesión

La ley penal juvenil

Ley Penal Juvenil

La Ley 20.084 establece un nuevo sistema de justicia penal juvenil, que se funda en un principio de mucha importancia para la sociedad: el interés superior del adolescente. Este principio debe ser considerado en la totalidad de las actuaciones, tanto judiciales como administrativas, que se refieran a los adolescentes infractores de la ley. Como es de conocimiento público, esta normativa pasó en el Ejecutivo y en el Legislativo por varios ajustes y por diversas postergaciones en cuanto a la fecha en que definitivamente entrará en vigor.

Para nadie son un misterio los niveles de delincuencia que existen y la percepción de la ciudadanía al respecto. Tampoco, que las edades de quienes cometen la mayoría de estos delitos no supera los 18 años. Resulta un tema preocupante, por cuanto hablamos de jóvenes que efectúan actos prohibidos y que por ésta razón se ponen al margen de la sociedad. Las razones son muchas y variadas. En torno a esto se han realizado múltiples estudios, existiendo también divergencias de opiniones sobre la manera más conveniente de afrontar temas de esta naturaleza.

Es absolutamente imperioso que esta ley sea implementada a la brevedad y, además, que cumpla con la finalidad que en definitiva tiene; vale decir, establecer sanciones para una serie de delitos que hoy están impunes, dada las normas procesales vigentes. Sin embargo, la ley también tendrá que lograr un objetivo mucho más ambicioso y no menos necesario que el anterior: implementar verdaderos y efectivos programas de reinserción social, no sólo en su denominación, sino que realmente eficientes en cuanto a su objetivo último, que es reinsertar de modo efectivo al adolescente que ha delinquido. Nuestra sociedad reclama que la ley que tanto se ha discutido resuelva este fenómeno de tanta connotación social de una manera real y efectiva.

Ley sobre responsabilidad penal juvenil enfrenta serios problemas de implementación para su entrada en vigencia

La información fue proporcionada por el Ministerio de Justicia a la Comisión de Constitución en el marco de la sesión en que se analizó la puesta en marcha de dicho cuerpo legal.


Problemas de infraestructura y capacitación del personal del Poder Judicial, son algunos de los obstáculos que enfrenta la implementación de la ley sobre responsabilidad penal juvenil que entrará en vigencia el próximo 8 de junio.



Así lo informó el Ministro de Justicia, Isidro Solís, durante la sesión en que la Comisión de Constitución, presidida por el senador José Antonio Gómez, analizó con las distintas autoridades vinculadas al tema, el grado de avance en la implementación de las medidas que se debían poner en marcha para lograr la efectividad de dicho cuerpo legal.



Según explicó el senador Gómez, “el Ministro de Justicia hizo una exposición muy clara y realista de la actual situación y señaló graves problemas desde el punto de vista de la infraestructura y en relación a algunas medidas de rehabilitación que son necesarias”.



El parlamentario manifestó que de lo expuesto por el secretario de Estado, “se entiende que hay dificultades de personal, puesto que si bien se hicieron capacitaciones en la Región Metropolitana, no ocurrió lo mismo en todo el país. Además, el reglamento de esta ley tampoco está terminado, sino que recién ingresó a la Contraloría”.



Entre las falencias de infraestructura, el senador Gómez dijo que se informó que ya están listos todos los centros de cumplimiento de penas en sistema cerrado, “pero faltan los centros semi cerrados, que son una de las novedades de esta nueva ley. Al no tener estos recintos se complica un poco la aplicación, porque hay regiones que los tendrían recién en diciembre de este año o a principios del próximo”.



REVISIÓN

El presidente de la Comisión de Constitución informó que realizarán una segunda sesión con las autoridades del Ministerio de Justicia, “puesto que se les solicitó que revisaran esta ley para que no pasara lo mismo que con los tribunales de familia”, dijo el legislador.



Agregó que el titular de Justicia planteó la posibilidad de buscar una “fórmula de ingreso gradual, como se hizo con la reforma procesal penal, lo que sería una alternativa viable para que la ley tenga efectos positivos”.



Dicha fórmula, precisó el senador, sería materia de ley, por lo que el Ejecutivo se comprometió a estudiar el tema y plantear una alternativa una vez que tenga mayor claridad respecto a la materia.


Las Pandillas

Las Pandillas

 ¿Que son las pandillas?

Son un estilo de vida, una opción que se toma a través de los diferentes acontecimientos que ocurren a lo largo de nuestra juventud o una manera de revelarse ante las constantes represiones impuestas por la sociedad.

Hay pandillas formadas por amigos, familias u por personas que comparten una adicción o fanatismo por algo, etc. sujetos que pueden provocar el bien o el mal a nuestra sociedad, según la opinión que tengan de ella. Quiero decir que según su punto de vista actúan. Este último tiempo se ha intensificado el grupo de pandillas, que no solo se juntan para hablar o divertirse, sino también para cometer diferentes cosas que están perjudicando a la comunidad en sí, mucho más que antes, no solo estoy hablando de personas adultas sino que también de niños.

Parece a simple vista sorprendente ver a chicos de 10 años en adelante parados en las esquinas, relacionándose con gente adulta, dejando los juegos de lado, reemplazándolos por alcohol y drogas consumidos en la vía pública a vista y paciencia de todos, y que para conseguirlas se convierten en delincuentes expertos que buscan la oportunidad precisa para atacar. Son niños que en vez de estar parados en las esquinas, debieran estar durmiendo o estudiando en sus casas y colegios.

¿Qué sucede con esos padres que tienen como obligación protegerlos de cualquier peligro?, de desgracias en las que los niños que pertenecen a estas “pandillas” terminan heridos hasta muchas veces muertos, en donde esta la responsabilidad de ser padres. En muchos casos son ellos mismos los que envuelven a sus hijos en estas aberraciones y hasta lo justifican.

En muchas poblaciones, sin importar condición social, se ven a niños, jóvenes y adultos comprometidos con este estilo de vida, en el cual, noche tras noche y día tras día, aterrorizan a la ciudadanía con asaltos, robos, insultos, agresiones tanto físicas, como psicológicas, y en donde incentivan a más personas a participar directa o indirectamente. Ni las mismas autoridades logran abatir la delincuencia, la mayoría hacen vista gorda a estas situaciones, dejando a la ciudadanía indefensa frente a estos abusos.